Una empresa despide por bajas intermitentes justificadas a una trabajadora de su centro de Lleida tras hacerse pública a finales de octubre la sentencia del Tribunal Constitucional que avala la extinción de un contrato laboral por causas objetivas si hay faltas de asistencia justificadas, aunque sean intermitentes, ha informado UGT.
En concreto ha despedido a la presidenta del comité de empresa de su centro en Lleida y representante de la UGT de Cataluña haciendo uso del artículo 52.d del Estatuto de los Trabajadores. FeSMC-UGT ha emitido un comunicado para denunciar que en las últimas semanas está detectando que esta "vergonzosa" práctica empresarial se está generalizando. La Sociedad Española de Medicina de Familia y Comunitaria (semFYC) ha manifestado su "alarma" ante la sentencia.
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