El fallo de la sentencia emitida por el Tribunal Supremo de fecha 21 de abril de 2017, declara nulas las medidas adoptadas por la empresa, tras el acuerdo de 19 de mayo de 2015, por no respetar el procedimiento previsto en el Estatuto de los Trabajadores para la modificación sustancial de las condiciones de trabajo.
Este fallo supone una novedad porque el ERE de Panrico fue uno de los primeros en los que se primó la negociación con los sindicatos.
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