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Noticias del Dossier de prensa de la semana Nº 334

 

 

 

 

 

La refundición de la normativa concursal facilitará la previsible ola de operaciones corporativas que provocará esta crisis.

El texto refundido de la Ley Concursal incorpora la experiencia acumulada durante los años de la crisis anterior y, nítidamente, erige la venta de la unidad productiva como la solución preferente en el concurso que mejor responde al principio de mantenimiento de la actividad empresarial en conjunción con la necesaria protección de empleados y acreedores. Para muchas empresas el concurso incardinado en una estrategia de compraventa será la mejor alternativa. Aquellos inversores que antes identifiquen estas oportunidades y se decidan por diseñar e implementar una estrategia, podrán beneficiarse de la adquisición de negocios en condiciones beneficiosas para todos.

 

 

 

 

Los juzgados españoles han comenzado a aprobar medidas cautelares para que las empresas puedan posponer los pagos establecidos en sus contratos financieros ante las extraordinarias circunstancias acaecidas con motivo de la crisis generada por la pandemia del Covid-19 y las medidas adoptadas por el Gobierno para combatirla.

Los juristas piden al Gobierno una solución extrajucial para evitar quiebras. El juzgado número 60 de Primera Instancia de Madrid, ha concedido una moratoria en el pago de un año a empresas del Grupo Celsa, en un auto de 30 de abril de 2020. Y, suspende la obligación de cumplimiento de los ratios financieros contemplados en el contrato, desde el 1 de abril de 2020 hasta el 31 de marzo de 2021. Además, prohíbe a las entidades prestamistas que procedan a la resolución del contrato, a dar por vencido el préstamo, a exigir su reembolso a ejecutar cualquiera de las garantías del préstamo. En la misma línea, el juzgado de primera instancia número 3 de Zaragoza ha acordado, como medida cautelar, no permitir a Adidas España que ejecute tres avales que suman 700.000 euros contra uno de sus franquiciados.

 

 

 

 

La web de la Seguridad Social y la sede electrónica han puesto en marcha un simulador para que los ciudadanos puedan comprobar si cumplen los requisitos para percibir el Ingreso Mínimo Vital (IMV) y a cuánto ascendería esta nueva prestación.

El simulador va guiando a los usuarios mediante una serie de sencillas cuestiones sobre su situación particular para determinar los supuestos que componen esta nueva prestación. En este vídeo puede comprobar cómo funciona este simulador y las preguntas que deberá contestar para saber si tiene derecho a percibirlo. Al concluir el formulario, este servicio ofrece una respuesta clara sobre si tiene derecho o no a percibirlo y la cuantía estimada que le correspondería. No obstante, hay que recordar que este simulador solo tiene un valor informativo, no es vinculante ni constituye una solicitud propiamente dicha.

 

 

 

 

El Ingreso Mínimo Vital será compatible con rentas salariales e incluirá incentivos al empleo en forma de bonus para quienes empiecen a trabajar o aumenten el número de horas de ocupación.

Si no se cuenta con rentas, se aseguraría la totalidad del umbral garantizado; pero si se dispone de ellas, se cubriría la diferencia entre el umbral garantizado y la renta ya existente. De esta forma, la renta media garantizada es de 10.070 euros al año por hogar, mientras que el importe de la prestación será de unos 4.400 euros anuales. Para todos los tipos de hogar se requerirá al menos un año ininterrumpido de residencia legal y efectiva en España, excepto en las situaciones de violencia de género, trata y explotación sexual. La prestación se percibirá mensualmente y se cobrará en 12 pagas. Se podrá solicitar a partir del 15 de junio, aunque, para las solicitudes presentadas en los tres primeros meses, se concederá con efectos retroactivos al 1 de junio. Además, durante el primer mes de vigencia de la prestación, se actuará de oficio para que se abone a unos 100.000 hogares que cumplen los requisitos, sin que sea necesario que la soliciten.