Llamada gratuita: 900 929 900

¡Comparte en redes sociales!

«Volver

Determinación de la contingencia de la situación de incapacidad temporal para trabajadores que han sido confirmados como positivo en las pruebas de detección del SARS-COV-2

 

 

Ponemos a su disposición el Criterio 3/2020 de la Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social–DGOSS- sobre determinación de la contingencia de la situación de incapacidad temporal en la que se encuentran los trabajadores que han sido confirmados como positivos en las pruebas de detección del SARS-COV-2.

En este Criterio, se establece “la enfermedad ocasionada por el virus COVI-19 deberá catalogarse como “enfermedad común” a los efectos de las prestaciones de Seguridad Social, salvo que se pruebe que la enfermedad se ha contraído con causa exclusiva en la realización del trabajo en los términos que señala el artículo 156 del Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, en cuyo caso será calificada como accidente de trabajo”

Según se indica en el criterio, “La fecha del hecho causante vendrá determinada por la fecha de inicio del aislamiento si, con carácter previo al diagnóstico de la enfermedad, ha estado sometido a un periodo de aislamiento”