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El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha considerado que el despido de un trabajador de baja por accidente laboral es "discriminatorio por discapacidad" y debe ser nulo en lugar de improcedente

Una respuesta a una cuestión prejudicial planteada ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha permitido que el juzgado de lo social número 33 de Barcelona haya resuelto declarar nulo el despido de un trabajador producido durante su incapacidad temporal (baja médica).

El TJUE admite la posibilidad de que los despidos de trabajadores que están de baja médica sean considerados nulos en lugar de improcedentes “en el caso de que la incapacidad temporal pueda ser considerada de carácter “duradero”, por lo que sí podría considerarse como “una discapacidad” y entrar en el terreno de la discriminación, añaden estos expertos. Esta respuesta del tribunal europeo de diciembre de 2016 fue, por tanto, la que llevó al juzgado barcelonés a calificar como nulo el despido antes citado.