En virtud de lo dispuesto en la Sentencia del Tribunal Supremo de fecha 15 de octubre de 2014, dicho incumplimiento, incluso con una justificación inexacta aportada, no constituye por sí solo una transgresión de la buena fe contractual que pueda justificar el despido.
La presunción de que las horas solicitada son empleadas correctamente lleva a interpretar de forma restrictiva el poder disciplinario del empresario, que solo puede adoptar la medida de despido en supuestos excepcionales en los que dicho crédito horario es utilizado en provecho propio del empleado. Los informes de detectives no son prueba documental a efectos de revisión fáctica en suplicación.
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