Mediante su sentencia dictada hoy, el Tribunal de Justicia declara que la Directiva se opone a una legislación que, en el caso del trabajo a tiempo parcial «vertical», excluye los días no trabajados del cálculo de los días cotizados, reduciendo de este modo el período de pago de la prestación por desempleo, cuando se ha comprobado que la mayoría de los trabajadores a tiempo parcial «vertical» son mujeres que resultan perjudicadas por dicha legislación.
El Tribunal de Justicia considera que, dado que un 70 % a 80 % de los trabajadores a tiempo parcial vertical son mujeres, es evidente que la medida nacional controvertida perjudica a un número mucho mayor de mujeres que de hombres. El Tribunal de Justicia deduce de todo ello que esta medida constituye una diferencia de trato en perjuicio de las mujeres. Indica que la medida nacional controvertida no parece adecuada para garantizar la correlación que debe existir entre las cotizaciones pagadas por el trabajador y los derechos que puede reclamar en concepto de prestación por desempleo.
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