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La AN permite que las empresas con registro horario puedan descontar de la nómina las sanciones por llegar tarde al trabajo

El fallo, de 20 de junio de 2019 rechaza que esta medida suponga una doble sanción. De esta forma, el alto tribunal desestima una demanda que el sindicato CGT interpuso contra Atento. La Audiencia Nacional establece que esta práctica empresarial "supone la imposición de una multa de haber". A su juicio, "cuando no existe una efectiva prestación de servicios por parte del trabajador, no se devenga salario alguno más allá de los supuestos previstos legal o convencionalmente, o falta de ocupación efectiva imputable al empleador".