El Tribunal Constitucional ha declarado nulo el despido de un enfermero de un centro de día para personas dependientes que se quejó ante el Ayuntamiento de deficiencias en su empresa, que gestionaba la residencia, al estimar que hubo una "injustificada limitación" de su derecho a la libertad de expresión. En una sentencia publicada este lunes en el BOE, el Constitucional señala que, al exigir que las críticas no trascendieran más allá de la empresa, se produjo un "claro vaciamiento del contenido" de ese derecho fundamental, haciendo que cediera ante un "deber de lealtad" a la empresa que no se ajusta al sistema constitucional de relaciones laborales.
© 2025 Cuatroochenta
Aviso Legal | 2012-2025 | AECEM | Todos los derechos reservados