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El Tribunal Supremo ha vuelto a abordar el crédito horario sindical en una sentencia de febrero de 2017 y ha reiterado su doctrina de 2015

Confirma que este permiso se disfruta sólo durante once meses, excluyendo el periodo de vacaciones. El Tribunal Supremo va más allá e insiste en que sólo se podría tener en cuenta un supuesto cálculo en 12 meses si la empresa lo hubiera mantenido durante años. "Si así fuera, se habría convertido en un derecho y la empresa no podría cambiar el sistema de cálculo unilateralmente como hizo".