El TJUE ha publicado dos sentencias en las que asegura que la normativa española no se opone a la legislación europea para que la Administración cese a los profesores interinos en la fecha en que finaliza el período lectivo por el hecho de que, en esa fecha, ya no se dan las razones de necesidad y urgencia a las que se supeditó su nombramiento. Además, subraya que los despidos son legales aun cuando esta circunstancia prive a estos docentes de días de vacaciones estivales anuales retribuidas correspondientes a dicho curso académico, siempre que los referidos docentes perciban una compensación económica por este concepto.
El tribunal deja en manos españolas las posibles indemnizaciones. Abrió el problema en 2016 cuando dijo que estaban discriminados. Su nueva doctrina lleva la contraria a la Abogada General, algo inusual. El Supremo dijo hace poco que los despidos eran nulos de pleno derecho
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