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El Consejo de Ministros aprueba el Real Decreto - Ley que deroga el artículo 52.d) del Estatuto de los Trabajadores, el cual contempla el despido procedente por bajas médicas justificadas

La dreogación de este precepto, impulsada desde el Ministerio de Trabajo y Economía Social, responde a la necesidad de garantizar jurídicamente los derechos fundamentales de los trabajadores, sobre todo aquellas que sufren algún tipo de discapacidad, padecen enfermedades crónicas o de larga duración o que se dedican al cuidado de personas dependientes. El Real Decreto-ley, aprobado recientemente, cumple también con las directrices del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, quien en la sentencia del 18 de enero de 2018 ya había advertido a España de que la aplicación de esta modalidad de despido objetivo, por faltas de asistencia justificadas, iba en contra de la Directiva 2000/78. que prohíbe la discriminación por motivos de discapacidad.