Según la sentencia en unificación de doctrina del Tribunal Supremo de fecha 12 de marzo de 2013, es insuficiente una carta de despido disciplinario en la que se imputan conductas continuadas de acoso con insultos y amenazas cuando no contiene hechos sino reproches genéricos que no se concretan en orden a su contenido y circunstancias (frecuencia, lugar, momento en que ocurrió).
Esta indeterminación en el contenido de la carta hace imposible organizar una defensa eficaz frente a estas imputaciones e incluso valorar la gravedad de las mismas.
Especial relevancia tiene la falta de ubicación temporal de las conductas que se imputan, pues su falta de concreción impide una eventual alegación de la prescripción.
No es relevante que el trabajador en el marco del expediente contradictorio abierto en su calidad de representante de los trabajadores negara los hechos imputados, pues tal negativa tan genérica como los hechos imputados no puede determinar que los conociera.
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