Hasta el 02 de enero del 2017 se deberá comunicar a Hacienda mediante modelo 036 /037 las siguientes altas o revocaciones:
La renuncia o revocación a Regímenes Simplificado y Agricultura, Ganadería y Pesca para 2017 y sucesivos.
La opción o revocación por la determinación de la base imponible mediante el margen de beneficio global en el Régimen Especial de los bienes usados, objetos de arte, antigüedades y objetos de colección para 2017 y sucesivos.
Opción o renuncia al régimen especial del criterio de caja del IVA para el ejercicio 2017.
Opción tributación en destino ventas a distancia a otros países de la Unión Europea para 2017 y 2018.
Renuncia al Régimen de deducción común para sectores diferenciados para 2017 (sin modelo, se presenta por escrito).
Hasta el 02 de enero del 2017 se deberá comunicar a Hacienda mediante modelo 039:
Comunicación de alta en el Régimen especial del grupo de entidades.
Opción o renuncia por la modalidad avanzada del Régimen especial del grupo de entidades.
Comunicación anual relativa al Régimen especial del grupo de entidades.
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