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Cómputo de las rentas de la unidad familiar a efectos de la existencia de responsabilidades familiares.

Según la Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de 17 de marzo de 2014, se entiende que se tienen responsabilidades familiares para ser beneficiario del subsidio de desempleo cuando la renta de la unidad familiar divididas por el número de miembros no supera el límite del 75% del SMI del que se excluyen las pagas extraordinarias. Sin embargo, para computar dichas rentas sí que se tienen en cuenta las pagas extraordinarias, al tener la consideración de percepción normal del trabajador.

Se centra el debate en la concreción de la renta mensual de la unidad familiar, concretamente en la determinación de si el cálculo correspondiente debe integrar o no el importe de las pagas extraordinarias que percibe el marido de la parte actora.