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Comisiones por la retirada de efectivo en los cajeros automáticos de una entidad ajena a la emisora de la tarjeta de débito o crédito
El Consejo de
Ministros ha aprobado el Real Decreto Ley para regular las comisiones por la retirada de efectivo en los cajeros
automáticos de una entidad ajena a la emisora de la tarjeta de débito o crédito. Se elimina la doble
comisión de forma que la entidad propietaria del cajero automático no podrá
exigirla al usuario del servicio pero sí a la entidad emisora de la tarjeta. El
emisor de la tarjeta podrá repercutir o no, total o parcialmente, esta comisión
a su cliente, según su política comercial. La pantalla del cajero automático
deberá informar al usuario del importe máximo que se podrá repercutir. La norma
entra en vigor el día de su publicación en el Boletín Oficial del Estado y las
entidades deberán adaptarse antes del 1 de enero de 2016