El hecho de que no haya salvedades en la auditoría no impide la calificación culpable de un concurso y podrá haber responsabilidades del auditor si ha omitido irregularidades sustanciales en el informe, según explicó el magistrado del Juzgado Mercantil número 1 de Sevilla. "A pesar de ello, se trata de un documento de extraordinario valor, que no vincula ni al administrador concursal ni al Ministerio Fiscal", afirmó el magistrado en el transcurso de su intervención en el IV Foro Nacional de Pequeños Despachos de Auditoría, organizado por el Consejo General de Economistas.
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