Toda entidad o empresa que desee externalizar, en todo o parte, una actividad que implique el tratamiento de datos personales bajo su control o poder, viene abocada a comprobar las garantías de cumplimiento que le ofrece el proveedor en cuestión. Es esencial realizar un control de las garantías aplicadas por el proveedor en materia de protección de datos, tanto al inicio como durante toda la vigencia del contrato que implique el tratamiento de datos por cuenta de la entidad contratante ya que no hacerlo será considerado como infracción grave de la normativa vigente según la Ley Orgánica de Protección de Datos y garantía de los derechos digitales, con el consiguiente impacto económico y reputacional que ello puede conllevar para la correspondiente entidad responsable.
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