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No se puede dejar al arbitrio de la Administración la aplicación del Impuesto de Plusvalía Municipal

Así de contundente se muestra el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM), que impide a los ayuntamientos su cobro. La sentencia, de 19 de julio de 2017, anula de este modo la aplicación del Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana en una operación de compra venta de una propiedad. El Impuesto de Plusvalía Municipal lo cobran ayuntamientos y grava la revalorización de los inmuebles cuando son vendidos pero en la práctica es abonado siempre, aunque hayan perdido valor. El Constitucional consideró el pasado mes de febrero que no es legal imponer un impuesto cuando no se ha producido una ganancia económica. Desde 2007, los ingresos de este Impuesto para los Ayuntamientos han subido casi un 50%, hasta los 2.096 millones de euros, según datos del Ministerio de Hacienda.