Acuerdo por el que se toma conocimiento de la Enmienda número uno al Convenio de Seguridad Social entre España y Perú, hecho en Madrid el 28 de febrero de 2019. Ambas Partes suscribieron un acuerdo internacional administrativo, firmado en Madrid el 28 de febrero de 2019 (fue firmado por el Presidente del Gobierno de España y el Presidente de la República del Perú), con ocasión de la visita de Estado de éste último a nuestro país para modificar los apartados a) y c) del artículo 8.1 del Convenio, ampliando el período de desplazamiento a 3 años tanto para los trabajadores por cuenta ajena como por cuenta propia. El período de prórroga de 1 año establecido en los apartados b) y d) del citado artículo, se mantiene. Asimismo, se ha establecido una regulación transitoria para los trabajadores desplazados en la fecha de entrada en vigor del acuerdo.
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