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Noticias de Actualidad Laboral de la Semana Nº 324

 

 

 

Con fecha 25 de marzo de 2020 ha sido publicado el Boletín Noticias Red 05/2020 en que se detallan las siguiente novedades

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El Ministerio de Sanidad decretado el cierre de todos los alojamientos turísticos en España.

 

En una orden ministerial, publicada a última hora de la noche, se establece en su primer punto "la suspensión de apertura al público de todos los hoteles y alojamientos similares, alojamientos turísticos y otros alojamientos de corta estancia, campings, aparcamientos de caravanas y otros establecimientos similares, ubicados en cualquier parte del territorio nacional". Y lo justifica porque la concentración de personas en alojamientos turísticos, que deben compartir determinados espacios comunes, "implica un incremento del riesgo de contagio, por lo que dada la situación de restricción en la movilidad de las personas resulta necesario para garantizar la contención de la pandemia". La orden entra en vigor el 19 de marzo, el día en el que se ha publicado en el BOE, y establece que en un plazo máximo de siete días no habrá ningún hotel abierto en España.

 

 

 

El Gobierno ha rectificado y permitirá a todos los autónomos solicitar la prestación por cese de actividad, y además no tendrán que pagar la cuota.

 

Así lo ha adelantado el presidente de ATA, Lorenzo Amor, a través de un tuit en su cuenta personal, en el que invitaba a todos los trabajadores por cuenta propia a acogerse a esta opción. "El Gobierno ha flexibilizado las condiciones de acceso y corregirá todas las lagunas el próximo martes en el Consejo de Ministros", asegura Amor, que explica que podrán solicitarla a su mutua solo con una declaración jurada. De esta forma, podrán pedir esta prestación todos los autónomos, tanto personas físicas como societarios. "No hará falta darse de baja ni en Hacienda ni en la Seguridad Social", asegura el responsable de ATA. Además, "los autónomos con tarifa plana o bonificación la pueden solicitar sin perderla", precisa. Los trabajadores autónomos recibirán una ayuda equivalente al 70% de su base de cotización, lo que supone aproximadamente unos 700 euros para la mayoría.

 

 

 

El TJUE ha emitido su veredicto sobre las demandas de los trabajadores interinos en España dándoles, en parte, la razón al considerar que la falta de procesos selectivos no justifica la perpetuación de los interinos.

 

No obstante, no obliga al Estado a hacer fijos a estos trabajadores, pero sí deja la puerta abierta a que los jueces nacionales determinen cómo se sancionan los abusos de la figura de los interinos. Lo primero que hace el Tribunal es reconocer que "el hecho de que un empleado público haya consentido el establecimiento de relaciones de servicio de duración determinada sucesivas no le priva de la protección que le confiere el Acuerdo Marco sobre el Trabajo de Duración Determinada". Dicho esto, el fallo "no impone a los Estados miembros una obligación general de transformar en contratos por tiempo indefinido los contratos de trabajo de duración determinada".

 

 

 

La exoneración de cotizaciones a las compañías será del 75% y del 100% para las que tengan menos de 50 trabajadores.

 

El Real Decreto que aprobó ayer el Consejo de Ministros, incluye una disposición adicional que señala que las medidas extraordinarias en el ámbito laboral previstas en dicho decreto "estarán sujetas al compromiso de la empresa de mantener el empleo durante el plazo de seis meses desde la fecha de reanudación de la actividad". Si bien el decreto también precisa que en ninguno de los casos, independientemente del número de trabajadores de la empresa, la exoneración de cotizaciones no tendrá efectos para los trabajadores, ya que se mantendrá la consideración de dicho período como efectivamente cotizado a todos.

 

 

 

El Ministerio de Trabajo y Economía Social va a reforzar la plantilla del SEPE con alrededor de 1.000 trabajadores para intentar evitar el colapso en el reconocimiento de las prestaciones por desempleo a las decenas de miles de trabajadores afectados por Expedientes de regulación temporal de empleo (ERTE) y al resto de trabajadores que pierden su empleo también de forma definitiva.

 

Así lo confirmaron fuentes de este departamento, que precisaron que este refuerzo se cubrirá con trabajadores interinos. En principio, los trabajadores afectados por un ERTE no tendrán que solicitar personal o telemáticamente su prestación por desempleo para el tiempo en el que su empleo esté suspendido, tal y como era habitual antes de esta crisis. Ahora, será la empresa la que deba comunicar los datos del trabajador a la autoridad laboral autonómica y esta se los facilitará al SEPE para que le reconozca la prestación.

 

 

 

La Inspección de Trabajo y Seguridad Social crea una Unidad de Gestión específica para afrontar la incidencia del Covid-19 en el ámbito laboral.

 

La Inspección de Trabajo y Seguridad Social ha modificado su organización para adaptarse a la situación, reorganizando sus recursos para dedicar todos los medios disponibles a la atención de la situación creada por el Covid-19 en el ámbito laboral, en colaboración con las autoridades laborales y sanitarias. La ITSS ha instruido a las Inspecciones Provinciales para que dediquen preferentemente la actuación inspectora a las actividades específicas derivadas del Covid-19 en el seno de las empresas, y para que mantengan el resto de su actividad en relación con las actuaciones urgentes. La actuación inspectora se focalizará en la prevención de riesgos, la protección de derechos individuales y colectivos de las personas trabajadoras y el seguimiento activo de incidencias en las empresas.