Llamada gratuita: 900 929 900

¡Comparte en redes sociales!

«Volver

La Seguridad Social se dispone a acortar el plazo en el que los empresarios y autónomos morosos reciben una providencia de apremio

La Seguridad Social se dispone a acortar el plazo en el que los empresarios y autónomos morosos reciben una providencia de apremio, que es como denomina este organismo al procedimiento que inicia el embargo de los bienes del deudor. En concreto, prevé que este plazo se acorte en los próximos meses una semana. Así, las cuotas impagadas del mes de junio (cuyo plazo para pagar expira a final de julio) se han notificado a los deudores el 28 de agosto, mes en el que se deben abonar las cuotas correspondientes al mes de julio. La Seguridad Social prevé que con la implantación progresiva del nuevo sistema de liquidación directa el plazo para este envío de notificaciones incluso se adelante más. Concretamente, a la tercera semana del mes siguiente al que se ha generado la deuda