La Seguridad Social se dispone a acortar el plazo en el
que los empresarios y autónomos morosos reciben una providencia de apremio,
que es como denomina este organismo al procedimiento que inicia el embargo de
los bienes del deudor. En concreto, prevé que este plazo se acorte en los
próximos meses una semana. Así, las cuotas impagadas del mes de junio (cuyo
plazo para pagar expira a final de julio) se han notificado a los deudores el
28 de agosto, mes en el que se deben abonar las cuotas correspondientes al mes
de julio. La Seguridad Social prevé que con la implantación progresiva del
nuevo sistema de liquidación directa el plazo para este envío de notificaciones
incluso se adelante más. Concretamente, a la tercera semana del mes siguiente
al que se ha generado la deuda
© 2025 Cuatroochenta
Aviso Legal | 2012-2025 | AECEM | Todos los derechos reservados