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A Hacienda se le ha abierto un nuevo frente judicial en torno a la inspección de cajas de seguridad

 

 

 

El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana se ha pronunciado en dos ocasiones. Ante la demanda de dos contribuyentes que se oponían, el tribunal ha fijado su criterio sobre qué requisitos deben darse para permitir a la Agencia Tributaria el precinto de una caja de seguridad, el paso previo a su apertura que persigue evitar que su dueño pueda manipular el contenido. El alto tribunal valenciano estima una de las dos demandas abordadas, dando la razón al contribuyente por considerar que el fisco justificó su actuación utilizando una fórmula genérica y estereotipada que valdría para abrir cualquier caja de seguridad. Por el contrario, rechaza el otro al entender que la medida era necesaria porque, de no haberse precintada la caja, se corría el riesgo de que desapareciesen, se destruyesen o alteraran pruebas de posibles hechos imponibles no declarados. En todo caso, y sin entrar en materia, el tribunal sugiere que el siguiente paso, abrir la caja, sí que podría exigir una autorización judicial.