Programa: | Programa de apoyo financiero a proyectos I+D+i en el ámbito de la Industria Conectada 4.0 en el año 2017 |
Ámbito: | Nacional |
Objetivo general: | Incentivar el desarrollo de proyectos de investigación industrial y proyectos de desarrollo experimental, así como proyectos de innovación en materia de organización y procesos, enmarcados en las Áreas Estratégicas de la Industria Conectada 4.0. |
Beneficiarios: |
Las sociedades que no formen parte del sector público, que vengan desarrollando una actividad industrial productiva durante un periodo de al menos tres años contados hasta la fecha de fin de plazo de solicitud. Se entenderá que el solicitante desarrolla o va a desarrollar una actividad industrial productiva si su objeto social se refiere a actividades encuadradas en la Sección C - Divisiones 10 a 32 de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE 2009). |
Tipo de ayudas y cuantías: Tipo de ayuda y cuantías Adoptarán la modalidad de préstamos
reembolsables. Las características de los
préstamos serán las siguientes: a) Importe del préstamo: La
financiación pública total de la inversión no podrá exceder del 80 por ciento
sobre el total del presupuesto del proyecto de inversión que haya sido
considerado financiable. El importe del préstamo a conceder no podrá superar en
cinco veces los fondos propios del solicitante. b) Plazo de amortización: Diez años, con un plazo de carencia de tres años. c) Tipo de interés de aplicación: El tipo de interés aplicable será del 0%. Se exigirá la constitución, antes de la resolución
definitiva de concesión del préstamo, de una garantía con las siguientes
características: El importe del aval
será del 20% del préstamo propuesto. |
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Actuaciones subvencionadas: Los
proyectos podrán realizarse desde el 16 de diciembre de 2017 y hasta un plazo
máximo de 18 meses desde la fecha de resolución de la concesión. La ayuda
financiera concedida se cobrará por anticipado, tras la resolución
oficial de concesión de la misma El presupuesto
financiable mínimo de las inversiones será de 100.000 euros. Podrán ser objeto
de ayuda los proyectos de investigación industrial y los proyectos de
desarrollo experimental, así como los proyectos de innovación en materia de
organización y procesos destinados a aplicarse en la industria manufacturera y
habrán de adaptarse al menos a alguna de las prioridades temáticas siguientes: 1. Soluciones
de negocio y plataformas colaborativas. Los proyectos presentados en esta área
temática serán proyectos de innovación en materia de organización y procesos y
se deberán orientar al desarrollo de: · Aplicaciones innovadoras de gestión, que
procesen y den uso a la información obtenida de las actividades de la cadena de
producción y suministro, comerciales, de forma conjunta en toda o la mayor
parte de la cadena de valor del solicitante. ·
Soluciones de negocio interempresa utilizando
sistemas o elementos, físicos, virtuales o ciberfísicos, que permitan la
interacción entre la empresa solicitante con un ecosistema determinado ya
establecido (empresas, clientes, proveedores y centros de investigación). El resultado
esperado de este tipo de proyectos será la implementación de un software, que
deberá estar claramente identificado y detallado en la memoria de solicitud. 2. Tratamiento
masivo de datos. Los proyectos esperados en esta área temática serán proyectos
de innovación en materia de organización y procesos, y se deberán enfocar hacia
soluciones para la industria manufacturera que traten sobre métodos,
herramientas de desarrollo para sistemas de datos intensivos y/o aplicaciones
altamente distribuidas, sistema de visualización de datos e integración. 3. Fabricación
aditiva. Los proyectos presentados en esta área temática serán proyectos de
investigación y desarrollo, así como proyectos de innovación en materia de
organización y procesos, y responderán a alguno de los siguientes tipos de
soluciones: ·
Nuevo software de modelado o simulación 3D. ·
Investigación, desarrollo o implementación de
nuevos procesos de impresión 3D. ·
Investigación, desarrollo o implementación de
nuevos materiales y tintas. ·
Desarrollo o implementación de metodologías para
la caracterización y/o certificación de la trazabilidad de los procesos de
fabricación aditiva.
4. Robótica
avanzada. Los proyectos se deberán enfocar hacia soluciones avanzadas de
robótica para el sector industrial, entre otras, aumentar capacidad cognitiva,
robótica colaborativa persona-máquina, percepción, configurabilidad,
monitorización, capacidad de manipulación, navegación u otras similares de los
robots, así como en sus aplicaciones concretas a los procesos productivos de la
empresa. 5. Sensores
y sistemas embebidos. Los proyectos se deberán orientar hacia componentes,
subconjuntos y sistemas eléctricos y electrónicos incluyendo el desarrollo del
software y firmware necesario para garantizar su funcionalidad. También,
se incluirán en esta prioridad temática los proyectos de realidad aumentada y
realidad virtual aplicados a la industria manufacturera. |
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Costes subvencionables: Costes
de personal. Podrán imputarse gastos al proyecto tanto
de personal con contrato laboral, personal autónomo socio de la empresa y
personal autónomo económicamente dependiente. Costes
de instrumental y material inventariable, en la medida y durante el
período en que se utilice para el proyecto; en caso de que el instrumental y el
material no se utilicen en toda su vida útil para el proyecto, únicamente se
considerarán subvencionables los costes de amortización correspondientes a la
duración del proyecto, calculados de acuerdo con los principios contables
generalmente aceptados. Costes
de investigación contractual, conocimientos técnicos y patentes adquiridas u
obtenidas por licencia de fuentes externas en condiciones de plena competencia. Se
imputarán a este concepto los gastos de colaboración externa exclusivamente
derivados del proyecto, así como otros gastos ocasionados por la prestación de
servicios TIC, consultoría para el diseño o rediseño de productos o servicios
derivados del proyecto por parte de terceros, y la adquisición de patentes que
contribuyan a la ejecución del proyecto. Gastos
generales suplementarios. Gastos destinados a la protección
mediante propiedad industrial e intelectual de los activos intangibles
obtenidos durante el desarrollo del proyecto: patentes, modelos de utilidad,
diseño industrial, marcas u otras figuras; costes de material, suministros y
productos similares que se deriven directamente de la actividad del proyecto. Se
podrán imputar a este concepto los gastos de material no inventariable
utilizado en la realización del proyecto. Se excluye de este concepto el
material de oficina y otros gastos generales o corrientes de la entidad. |
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Plazo de solicitud: | Desde el jueves, 16 de noviembre de 2017 al viernes, 15 de diciembre de 2017 |
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