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Programa: Reindustrialización y fortalecimiento de la competitividad industrial en el año 2017
Ámbito: Nacional
Objetivo general: Apoyos financieros para la ejecución de inversiones materiales destinadas a la creación o traslado de establecimientos industriales y a las ampliaciones de capacidad de producción instalada, y mejora y/o modificación de líneas de producción previamente existentes.
Beneficiarios: Las sociedades mercantiles del sector privado, válidamente constituidas en el momento de presentar la solicitud de financiación y que desarrollen una actividad industrial productiva.
Tipo de ayudas y cuantías:

Adoptarán la modalidad de préstamos reembolsables. Las características de los préstamos serán las siguientes:

a)    Importe del préstamo: El 75% sobre el presupuesto financiable.

En el caso de beneficiarios cuya fecha de constitución sea 2016 o 2017, el importe del préstamo a conceder no podrá superar en 3 veces los últimos fondos propios acreditables mediante documento público del solicitante en el plazo de solicitud. En el resto de los casos, dicho límite se fija en 5 veces los fondos propios del solicitante.

 

b)    Plazo de amortización: Diez años, con un plazo de carencia de tres años.

 

c)    Tipo de interés de aplicación : se determinará en función de clasificación económica financiera obtenida por el beneficiario y podrá ser:

1.    Clasificación EXCELENTE                1,575 %

2.    Clasificación BUENA                          2,20 %

3.    Clasificación SATISFACTORIA        4,00 %

Se exigirá la constitución, en el momento de la solicitud, de una garantía con las siguientes características: El importe del aval será del 10% del préstamo solicitado.

Cuando el importe del aval sea mayor del 70% de la ayuda solicitada el tipo de interés aplicado será del 1,575 %, independientemente de la clasificación económica financiera.

Actuaciones subvencionadas:

Los proyectos podrán realizarse desde el 1 de enero de 2017 y hasta un plazo máximo de 18 meses desde la fecha de resolución de la concesión. La ayuda financiera concedida se cobrará por anticipado, tras la resolución oficial de concesión de la misma

El presupuesto financiable mínimo de las inversiones será de 100.000 euros.

Podrán ser objeto de financiación las siguientes inversiones:  

a) Creación de establecimientos industriales: inicio de una nueva actividad de producción en cualquier punto del territorio nacional.

b) Traslado: cambio de localización de una actividad de producción previa hacia cualquier punto del territorio nacional.

c) Ampliaciones de la capacidad de producción instalada en centros de producción existentes, a través de la implantación de nuevas líneas de producción. A efectos de clasificación del proyecto, se entenderá por implantación de una nueva línea de producción a la adquisición del conjunto de equipos que permiten fabricar de forma autónoma un producto. Quedan fuera de esta definición las actuaciones sobre una línea existente, como pueden ser las sustituciones de maquinaria y elementos auxiliares de producción, las adaptaciones o mejoras de éstas.

a)    Mejoras y/o modificaciones de líneas de producción previamente existentes.

Las implementaciones de tecnologías de la “Industria Conectada 4.0.” pueden formar parte de las inversiones de cada una de las tipologías anteriores.

 


Costes subvencionables:

a)    Obra Civil: inversiones en urbanización y canalizaciones, con exclusión expresa de terrenos.

b)    Edificación: construcción, ampliación o adecuación de naves industriales así como instalaciones y equipos no vinculados directamente a la producción.

c)    Activos materiales directamente asociados a la producción (maquinaria), excluidos los elementos de transporte exterior.

d)    Ingeniería de proceso de producción: gastos de personal propio, materiales necesarios, y colaboraciones externas necesarias para el diseño y/o rediseño de procesos, directamente vinculados con los aparatos y equipos. Queda expresamente excluida cualquier forma de ingeniería civil o consultoría asociada a la gestión y tramitación de la financiación solicitada. Exclusivamente para el caso de ampliación o traslado, no para creación.

Plazo de solicitud: Desde el martes, 30 de mayo de 2017 al lunes, 17 de julio de 2017
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