Programa: | FOMENTO DE LA COMPETITIVIDAD INDUSTRIAL 2016 |
Ámbito: | NACIONAL |
Objetivo general: | La concesión de apoyos financieros, para la ejecución de inversiones industriales destinadas a la mejora y/o modificación de líneas de producción previamente existentes. |
Beneficiarios: | Las sociedades mercantiles del sector privado, válidamente constituidas en el momento de presentar la solicitud de financiación y que desarrollen una actividad industrial. |
Tipo de ayudas y cuantías: Adoptarán la
modalidad de préstamos reembolsables. Las
características de los préstamos serán las siguientes: a) Importe del préstamo: El 75% sobre el presupuesto financiable. En el caso de beneficiarios cuya fecha de constitución sea
2015 o 2016, el importe del préstamo a conceder no podrá superar en 3 veces los
últimos fondos propios acreditables mediante documento público del solicitante
en el plazo de solicitud. En el resto de los casos, dicho límite se fija en
cinco veces los fondos propios del solicitante. b) Plazo de amortización: Diez
años, con un plazo de carencia de tres años. c)
Tipo de
interés de aplicación : se determinará en función de clasificación
obtenida por el beneficiario y podrá ser: 1.
Clasificación EXCELENTE 1,705 % 2.
Clasificación BUENA 2,29 % 3.
Clasificación SATISFACTORIA 4,09
% Se exigirá la constitución, en el momento de la
solicitud, de una garantía con las siguientes características: El importe
del aval será del 10% del préstamo
solicitado. |
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Actuaciones subvencionadas: Los proyectos podrán realizarse desde el 1 de enero de 2016 y hasta un plazo máximo de 18 meses desde la fecha de resolución de la concesión. Las inversiones y pagos deben realizarse dentro de este periodo. La ayuda financiera concedida se cobrará por anticipado, tras la resolución oficial de concesión de la misma El presupuesto financiable mínimo de las inversiones será de 75.000 euros. Podrán ser objeto de financiación las siguientes inversiones: la mejora y/o modificación de líneas de producción previamente existentes. A los efectos de la clasificación de las actuaciones en esta tipología se entenderá por mejora y/o modificación de una línea de producción existente, la definición y adquisición de un equipo o conjunto de equipos destinados a sustituir elementos anteriormente instalados en la línea o a complementar ésta con el objetivo de mejorar sus características o de modificar las características de la producción. Dichas modificaciones pueden suponer variación de la capacidad de producción, dentro de la misma línea, pero no podrán constituir líneas de producción nuevas e independientes de las anteriores. Las implementaciones de tecnologías de la “Industria Conectada 4.0.” pueden formar parte de las inversiones anteriores. |
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Costes subvencionables: a) Obra Civil: inversiones en urbanización y canalizaciones, con exclusión expresa de terrenos. b) Edificación: construcción, ampliación o
adecuación de naves industriales así como instalaciones y equipos no vinculados
directamente a la producción. c)
Activos materiales directamente asociados a la producción,
excluidos los elementos de transporte exterior. (maquinaria). d) Ingeniería de proceso de producción: gastos de personal
propio, materiales necesarios, y colaboraciones externas necesarias para el
diseño y/o rediseño de procesos, directamente vinculados con los aparatos y
equipos. Queda expresamente excluida cualquier forma de ingeniería civil o
consultoría asociada a la gestión y tramitación de la financiación solicitada. |
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Plazo de solicitud: | Desde el lunes, 18 de abril de 2016 al miércoles, 1 de junio de 2016 |
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