Programa: | Reindustrialización 2014 |
Ámbito: | Nacional |
Objetivo general: | Se incentivarán las inversiones materiales destinadas a la creación o traslado de establecimientos industriales y la implantación de nuevas líneas de producción. |
Beneficiarios: |
Las sociedades mercantiles del sector privado, válidamente constituidas en el momento de presentar la solicitud de financiación y que desarrollen una actividad industrial productiva. Las actuaciones para las que solicita financiación deben referirse a actividades encuadradas en la Sección C - Divisiones 10 a 32 de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE 2009). |
Tipo de ayudas y cuantías: Adoptarán la modalidad de préstamos reembolsables.
Las características de los préstamos serán las
siguientes: a) Importe del préstamo: El 75% sobre el presupuesto financiable. En el caso de beneficiarios cuya fecha de constitución sea
2014 o 2015, el importe del préstamo a conceder no podrá superar en 3 veces los
últimos fondos propios acreditables mediante documento público del solicitante
en el plazo de solicitud. En el resto de los casos, dicho límite se fija en
cinco veces los fondos propios del solicitante. b)
Plazo de amortización:
Diez años, con un plazo de carencia de
tres años. c)
Tipo de interés de aplicación : se
determinará en función de clasificación obtenida por el beneficiario y podrá
ser: 1. Clasificación EXCELENTE 1,656 % 2. Clasificación BUENA 2,54 % 3. Clasificación SATISFACTORIA 4,34 % Se exigirá la
constitución, en el momento de la solicitud, de una garantía con las
siguientes características: El importe del aval será del 10% del préstamo solicitado. |
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Actuaciones subvencionadas: Los proyectos podrán realizarse desde el 1 de enero de
2015 y hasta un plazo máximo de 18 meses desde la fecha de resolución de la
concesión. Las inversiones y pagos deben realizarse dentro de este periodo, o
sea en los 18 meses siguientes a la resolución. La ayuda financiera concedida se
cobrará por anticipado, tras la resolución oficial de concesión de la misma El presupuesto
financiable mínimo de las inversiones será de 75.000 euros. Podrán ser objeto de financiación las siguientes inversiones: Creación, ampliación o traslado de establecimientos industriales. En el caso de ampliaciones o traslados de establecimientos industriales, los solicitantes deberán tener actividad industrial previa. |
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Costes subvencionables: a) Obra Civil: inversiones en urbanización y canalizaciones, con exclusión expresa de terrenos. b)
Edificación:
construcción, ampliación o adecuación de naves industriales así como
instalaciones y equipos no vinculados directamente a la producción. d) Ingeniería de proceso de
producción: gastos de personal propio, materiales necesarios, y colaboraciones
externas necesarias para el diseño y/o rediseño de procesos, directamente
vinculados con los aparatos y equipos. Queda expresamente excluida cualquier
forma de ingeniería civil o consultoría asociada a la gestión y tramitación de
la financiación solicitada. Exclusivamente para el caso de ampliación o
traslado, no para creación. |
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Plazo de solicitud: | Desde el miércoles, 1 de abril de 2015 al lunes, 1 de junio de 2015 |
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