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Programa: Fomento de la competitividad en la industria manufacturera 2014
Ámbito: Nacional
Objetivo general: la concesión de apoyos financieros, para la ejecución de inversiones destinadas a la mejora y/o modificación de líneas de producción previamente existentes, que se produzcan en el ámbito de la industria manufacturera.
Beneficiarios: Las sociedades mercantiles del sector privado, válidamente constituidas en el momento de presentar la solicitud de financiación y que desarrollen una actividad industrial productiva.
Tipo de ayudas y cuantías:

Adoptarán la modalidad de préstamos reembolsables. Las características de los préstamos serán las siguientes:

 

a)    Importe del préstamo: El 75% sobre el presupuesto financiable.

 

 

b)    Plazo de amortización: Diez años, con un plazo de carencia de tres años.

 

c)    Tipo de interés de aplicación : se determinará en función de clasificación obtenida por el beneficiario y podrá ser:

1.    Clasificación BUENA                          3,06 %

2.    Clasificación SATISFACTORIA        4,53 %

Se exigirá la constitución, en el momento de la solicitud, de una garantía con las siguientes características: El importe del aval será del 10% del préstamo solicitado.

Actuaciones subvencionadas:

Los proyectos podrán realizarse desde el 1 de enero de 2014 y hasta un plazo máximo de 18 meses desde la fecha de resolución de la concesión. Las inversiones y pagos deben realizarse dentro de este periodo, o sea en los 18 meses siguientes a la resolución. La ayuda financiera concedida se cobrará por anticipado, tras la resolución oficial de concesión de la misma

El presupuesto financiable mínimo de las inversiones será de 75.000 euros.

Podrán ser objeto de financiación las siguientes inversiones: la mejora y/o modificación de líneas de producción previamente existentes. A los efectos de la clasificación de las actuaciones en esta tipología se entenderá por mejora y/o modificación de una línea de producción existente, la definición y adquisición

de un equipo o conjunto de equipos destinados a sustituir elementos anteriormente instalados en la línea o a complementar ésta con el objetivo de mejorar sus características o de modificar las características de la producción. Dichas modificaciones pueden suponer variación de la capacidad de producción, dentro de la misma línea, pero no podrán constituir líneas de producción nuevas e independientes de las anteriores.

Costes subvencionables:

a)    Obra Civil: inversiones en urbanización y canalizaciones, con exclusión

expresa de terrenos.

 

b)    Edificación: construcción, ampliación o adecuación de naves industriales así como instalaciones y equipos no vinculados directamente a la producción.

 

c)    Activos materiales directamente asociados a la producción, excluidos los elementos de transporte exterior. (maquinaria).

d)    Ingeniería de proceso de producción: gastos de personal propio, materiales necesarios, y colaboraciones externas necesarias para el diseño y/o rediseño de procesos, directamente vinculados con los aparatos y equipos. Queda expresamente excluida cualquier forma de ingeniería civil o consultoría asociada a la gestión y tramitación de la financiación solicitada. 

Plazo de solicitud: Desde el lunes, 9 de junio de 2014 al jueves, 3 de julio de 2014
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