Programa: | Fomento de la competitividad en la industria manufacturera 2014 |
Ámbito: | Nacional |
Objetivo general: | la concesión de apoyos financieros, para la ejecución de inversiones destinadas a la mejora y/o modificación de líneas de producción previamente existentes, que se produzcan en el ámbito de la industria manufacturera. |
Beneficiarios: | Las sociedades mercantiles del sector privado, válidamente constituidas en el momento de presentar la solicitud de financiación y que desarrollen una actividad industrial productiva. |
Tipo de ayudas y cuantías: Adoptarán la modalidad de préstamos reembolsables.
Las características de los préstamos serán las
siguientes:
a)
Importe del préstamo: El
75% sobre el presupuesto
financiable. b)
Plazo de amortización:
Diez años, con un plazo de carencia de
tres años. c)
Tipo de interés de aplicación : se
determinará en función de clasificación obtenida por el beneficiario y podrá
ser: 1. Clasificación BUENA 3,06 % 2. Clasificación SATISFACTORIA 4,53 % Se exigirá la
constitución, en el momento de la solicitud, de una garantía con las
siguientes características: El importe del aval será del 10% del préstamo solicitado. |
|
Actuaciones subvencionadas: Los proyectos podrán realizarse desde el 1 de enero de
2014 y hasta un plazo máximo de 18 meses desde la fecha de resolución de la
concesión. Las inversiones y pagos deben realizarse dentro de este periodo, o
sea en los 18 meses siguientes a la resolución. La ayuda financiera concedida se
cobrará por anticipado, tras la resolución oficial de concesión de la misma El presupuesto
financiable mínimo de las inversiones será de 75.000 euros. Podrán ser objeto
de financiación las siguientes inversiones: la mejora y/o modificación de
líneas de producción previamente existentes. A los efectos de la clasificación
de las actuaciones en esta tipología se entenderá por mejora y/o modificación
de una línea de producción existente, la definición y adquisición de un equipo
o conjunto de equipos destinados a sustituir elementos anteriormente instalados
en la línea o a complementar ésta con el objetivo de mejorar sus
características o de modificar las características de la producción. Dichas
modificaciones pueden suponer variación de la capacidad de producción, dentro
de la misma línea, pero no podrán constituir líneas de producción nuevas e
independientes de las anteriores. |
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Costes subvencionables: a)
Obra Civil:
inversiones en urbanización y canalizaciones, con exclusión expresa de terrenos. b)
Edificación:
construcción, ampliación o adecuación de naves industriales así como instalaciones
y equipos no vinculados directamente a la producción. c)
Activos materiales directamente
asociados a la producción, excluidos los elementos de transporte exterior.
(maquinaria). d)
Ingeniería de proceso de
producción: gastos de personal propio, materiales necesarios, y colaboraciones
externas necesarias para el diseño y/o rediseño de procesos, directamente
vinculados con los aparatos y equipos. Queda expresamente excluida cualquier
forma de ingeniería civil o consultoría asociada a la gestión y tramitación de
la financiación solicitada. |
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Plazo de solicitud: | Desde el lunes, 9 de junio de 2014 al jueves, 3 de julio de 2014 |
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