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Programa: Reindutrialización
Ámbito: Nacional
Objetivo general: Se incentivarán las nuevas implantaciones industriales, así como los aumentos de capacidad de producción o las relocalizaciones que las empresas industriales decidan acometer para ganar competitividad.
Beneficiarios: Las sociedades mercantiles del sector privado, válidamente constituidas en el momento de presentar la solicitud de financiación y que desarrollen una actividad industrial productiva.
Dentro de las citadas sociedades, se diferenciarán las pequeñas y medianas empresas de las grandes empresas.
Existen diferentes convocatorias:
1- Convocatoria General: toda España.
2- Convocatoria para zonas afectadas por procesos de deslocalización de los sectores textil y de la confección, calzado, juguete, mueble, curtido, marroquinería, artes gráficas y papel.
3- Convocatoria para la Comarca de Lorca.
4- Convocatoria en la isla de El Hierro.
5- Convocatoria para la Comunidad autónoma de Canarias.
6- Convocatoria para la Bahía de Cádiz.
7- Convocatoria para la comarca del Campo de Gibraltar.
8- Convocatoria para la margen izquierda del Nervión.
9- Convocatoria para la comarcas de Ferrol, Eume y Ortegal (La Coruña).
10- Convocatoria para las provincias de Soria, Jaén y Teruel.
Tipo de ayudas y cuantías:

Adoptarán la modalidad de préstamos reembolsables. Las características de los préstamos serán las siguientes:

a) Importe del préstamo: 

El 60% sobre el presupuesto financiable, en el caso de creación de nuevos establecimientos industriales.

El 70% sobre el presupuesto financiable en el caso de ampliación o traslado de establecimientos industriales.

Las inversiones planteadas por PYMES, incrementarán el porcentaje de financiación que corresponda en un 5 por ciento adicional.

b) Plazo de amortización: Diez años, con un plazo de carencia de tres años.

c) Tipo de interés de aplicación del 4,925 por ciento anual. 

Se exigirá la constitución, en el momento de la solicitud, de una garantía con las siguientes características:

El importe del aval será del 10% del préstamo solicitado en el caso de solicitantes que dispongan de cuentas inscritas en el registro mercantil de los tres últimos ejercicios cerrados, y cuyo resultado neto haya sido positivo en el último ejercicio cerrado. En otro caso, el importe del aval será del 20% del importe solicitado.


Actuaciones subvencionadas:

Los proyectos podrán realizarse en un plazo máximo de 18 meses desde la fecha de resolución de la concesión. Las inversiones y pagos deben realizarse dentro de este periodo, o sea en los 18 meses siguientes a la resolución.

El presupuesto financiable mínimo de las inversiones será de 100.000 euros en el caso de que el solicitante sea una PYME y 750.000 euros si es una gran empresa.

Podrán ser objeto de financiación las siguientes inversiones:  

Creación, ampliación o traslado de establecimientos industriales. En el caso de ampliaciones o traslados de establecimientos industriales, los solicitantes deberán tener actividad industrial previa.

Se entenderá por creación de establecimientos industriales los que impliquen el inicio de una nueva actividad industrial, con generación de nuevos empleos asociados a dicho establecimiento.

Serán consideradas ampliaciones aquellas inversiones acometidas por empresas que ya desarrollan actividad productiva para ampliar la capacidad de producción de la misma o instalar, en el mismo emplazamiento que la anterior, líneas de fabricación de productos diferenciados respecto a los que ya produce.

Será considerado traslado de establecimientos el cambio de localización, de establecimientos industriales desde otros emplazamientos previamente existentes. Este traslado deberá obedecer a la reducción del impacto ambiental de la actividad de producción, implicar un aumento de la capacidad de producción o la integración en un único emplazamiento de líneas de fabricación. Asimismo, tendrán la calificación de traslado la relocalización de actividades industriales previamente deslocalizadas.



Costes subvencionables:

Obra Civil: inversiones en urbanización y canalizaciones.

Edificación: construcción, ampliación o adecuación de naves industriales así como instalaciones y equipos no vinculados directamente a la producción.

Activos materiales directamente asociados a la producción, excluidos los elementos de transporte exterior.


Plazo de solicitud: Desde el miércoles, 8 de mayo de 2013 al jueves, 13 de junio de 2013
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