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Programa: Programa para actuaciones de Reindustrialización.
Ámbito: Nacional. Existen diferentes convocatorias, que se especifican en el apartado de beneficiarios.
Objetivo general: Pretende impulsar la generación la y desarrollo de tejido industrial en especial en aquellas regiones que se han visto afectadas por procesos de ajuste empresarial o deslocalización u otros fenómenos que provocan pérdida de actividad industrial y destrucción de empleo, poniendo en práctica dos tipos de actuaciones, por un lado, favoreciendo la implantación de infraestructuras industriales y de servicios que logren hacer atractivos estos territorios para el crecimiento empresarial y, por otro, apoyando iniciativas industriales modernas, innovadoras, competitivas y generadoras de empleo.
Beneficiarios: Empresas y asociaciones de empresas públicas y privadas que desarrollen una actividad productiva de carácter industrial. Exclusivamente empresas industriales y por tanto que tengan un proceso productivo.
Es requisito imprescindible para acceder a estas ayudas crear empleo.
Convocatorias:
1- Convocatoria General: toda España, excepto las Comunidades de Madrid, Cataluña, País Vasco y Navarra.
2- Convocatoria para zonas afectadas por procesos de deslocalización de los sectores textil y de la confección, calzado, juguete, mueble, curtido, marroquinería, artes gráficas y papel.
3- Convocatoria para la Comunidad autónoma de Canarias.
4- Convocatoria para la Bahía de Cádiz.
5- Convocatoria para la comarca del Campo de Gibraltar.
6- Convocatoria para la margen izquierda del Nervión.
7- Convocatoria para la comarcas de Ferrol, Eume y Ortegal (La Coruña).
8- Convocatoria para las provincias de Soria, Jaén y Teruel.
Tipo de ayudas y cuantías:

Adoptarán la modalidad de préstamos reembolsables. Con las siguientes características:

Tipo de interés: 3,95 %.

Duración: 10 años (3 años de carencia y 7 de amortización).

No se exigen garantías.

 

El importe de los préstamos a conceder será de hasta un máximo del 50 % del presupuesto financiable de la actuación en el caso de grandes empresas y de hasta el 75 % del presupuesto financiable de la actuación para PYMES.

 

En todo caso, el beneficiario deberá satisfacer, como mínimo, la financiación del 25 por ciento de la inversión financiable, bien mediante sus propios recursos o bien mediante financiación externa, exenta de cualquier tipo de ayuda pública.

Actuaciones subvencionadas:

Arranque y ejecución de iniciativas industriales productivas que generen empleo y que actúen como fuerza motriz del desarrollo del sector productivo empresarial y concretamente:

·         Creación de nuevas actividades industriales.

·         Desarrollo, ampliación y modernización de empresas industriales.

·         Instalaciones logísticas de carácter industrial.

·         Desarrollo de empresas de sectores maduros que incorporen procesos de elevado contenido tecnológico.

·         Instalar y ampliar industrias de sectores emergentes.

Costes subvencionables:

Se admitirán los siguientes gastos:

ü  Terrenos donde se va a ubicar la nave industrial.

ü  Construcción o adquisición de nave industrial y otras edificaciones. Urbanización , canalizaciones y acometidas.

ü  Instalaciones de la nave: eléctrica, neumática, gas, aire acondicionado,...

ü  Aparatos y equipos de producción y equipos auxiliares. Maquinaria.

ü  Inversiones inmateriales como adquisición de derechos de patentes, licencias de explotación, etc.

ü  Ingeniería de producción.

Plazo de solicitud: Desde el sábado, 3 de marzo de 2012 al lunes, 2 de julio de 2012
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