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Programa: Programa de financiación a empresas
Ámbito: Comunidad Autónoma de Extremadura
Objetivo general: Establecer una línea de ayudas en forma de bonificación de tipos de interés con objeto de reducir los costes financieros de aquellas empresas que han recurrido a la financiación externa para obtener los fondos necesarios que les permitan acometer inversiones en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura. Se persigue facilitar el acceso a la financiación del tejido empresarial extremeño dándole además un apoyo financiero adicional que favorezca su desarrollo, estimule la iniciativa emprendedora y el crecimiento empresarial y, en definitiva, mejore la competitividad de las empresas lo cual redundará en la generación de empleo.
Beneficiarios: Tendrán la consideración de beneficiarios las empresas, y en especial las PYMEs (medianas, pequeñas y microempresas), que tengan ánimo de lucro y que realicen inversiones, en las actividades consideradas como subvencionables, en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Tipo de ayudas y cuantías:

A) Línea de Préstamos. En función de que el proyecto de inversión financiado en esta línea tenga otras ayudas directas solicitadas o concedidas, esta línea se subdivide a su vez en dos modalidades: Préstamos Puros que serán los que no tengan ninguna otra ayuda y Préstamos Complementarios que serán los que sí la tengan.

B) Línea de Leasing. Esta línea tiene la peculiaridad de suprimir la fase de liquidación de la ayuda de modo que en el momento de su concesión se puede realizar de forma simultánea el pago de la subvención.

C) Línea de Avales. Se establece esta línea como una ayuda adicional para aquellas empresas que, habiéndose acogido a la línea de préstamos o de leasing, han sido avaladas por la Sociedad de Garantía Recíproca Regional, Extraval.
 

Para cada una de las operaciones que se formalicen al amparo de estas líneas, se establece la siguiente subvención:

Línea de préstamos: 3 puntos de interés subsidiables.

Línea de leasing: 3 puntos de interés subsidiables.

Línea de avales: 1 punto de interés subsidiable.

 

Actuaciones subvencionadas:

a) Proyectos de creación de nuevas empresas. Son aquellos que den origen al inicio de la actividad empresarial. Se incluirán en este apartado las empresas que a fecha de la solicitud de la subvención tengan menos de 12 meses de antigüedad.

b) Proyectos de ampliación-modernización de centros productivos existentes. Son aquellos que suponen una ampliación del establecimiento existente, la creación de un nuevo centro o la diversificación de la producción de un establecimiento en nuevos productos adicionales o que suponen un cambio fundamental en el proceso de producción global de un establecimiento existente. Se incluyen en este apartado los traslados de empresas existentes desde el casco urbano a terrenos o zonas calificadas como de uso industrial a excepción de los polígonos industriales.

c) Proyectos de traslado de centros productivos existentes. Son aquellas inversiones asociadas al traslado de instalaciones de empresas desde el casco urbano hasta un polígono industrial.

Costes subvencionables:

a) Terrenos e Inmuebles:

— Adquisición de los terrenos necesarios para la implantación del proyecto. La inversión en terrenos deberá ir vinculada a inversiones en obra civil e instalaciones.

— Adquisición de inmuebles industriales o comerciales, de nueva construcción o de ocasión, necesarios para la actividad.

 

b) Obra civil:

— Traídas y acometidas de servicios necesarios para la actividad siempre que queden en propiedad de la empresa beneficiaria y que no sean objeto de cesión a Ayuntamientos o empresas suministradoras de energía.

— Urbanización adecuada a las necesidades del proyecto, ejecutada sobre terrenos propiedad del solicitante siempre que no sean objeto de cesión a terceros.

— Construcción o adecuación de oficinas, laboratorios, servicios sociales y sanitarios del personal, almacenamiento de materias primas y de productos terminados, edificios de producción, de servicios industriales y de comercialización.

— Instalaciones (suministros de agua, electricidad y gas, generadores térmicos, instalaciones de seguridad, depuración de aguas residuales, etc.) y otras obras vinculadas al proyecto.

 

c) Bienes de Equipo y Equipamiento

Maquinaria de proceso, vehículos de transporte comerciales y/o industriales, elementos de transporte interior, equipos de medida y control, equipos de seguridad, medios de protección del medio ambiente, mobiliario y enseres, equipos para proceso de información y otros bienes de equipo ligados al proyecto.

 

d) Otros gastos subvencionables:

— Programas informáticos necesarios para el desarrollo de la actividad.

— Trabajos de ingeniería de proyectos y de dirección facultativa relativos a la legalización de las obras objeto de inversión ante organismos oficiales competentes. Los gastos de proyecto técnico podrán ser previos a la solicitud de ayuda, siempre que se hayan producido dentro de los seis meses anteriores a la fecha de presentación de la ayuda
Plazo de solicitud: Desde el viernes, 20 de abril de 2012 al lunes, 31 de diciembre de 2012
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